Senado aprueba acuerdo Gobierno y Pfizer por casi 8 millones dosis

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El Senado de la República aprobó ayer, martes, el acuerdo entre laboratorios Pfizer y el Gobierno dominicano para el suministro de casi 8 millones de dosis de la vacuna ARNM BNT 162, que busca evitar la infección del covid-19, así como el proyecto que modifica el artículo 6 de la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.

El contrato sancionado por los legisladores en única lectura, contiene un pliego de condiciones vinculantes con una contraprestación total de US$95 millones 998 mil 500, y en el mismo se incluye el transporte de las 7 millones 999 mil 875 dosis del medicamento de Pfizer.

Tras la aprobación de esta iniciativa, Eduardo Estrella, presidente del Senado, dijo que esta pieza legislativa será remitida a la Cámara de Diputados para su aprobación.

Con relación a la Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones, declarada de urgencia y aprobada en dos lecturas consecutivas, esta tuvo que contar con el empuje de la vicepresidenta Raquel Peña, quien previo a la sesión, hizo una visita a Estrella, donde junto al el ministro de Salud Pública, Plutarco Arias; el director de Compras y Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, los voceros de las bancadas de los partidos y el bufete directivo, destacó la necesidad que el Estado tenga mecanismos ágiles y efectivos para adquirir y contratar las vacunas.

En uno de sus considerando la pieza legislativa indica que el Estado dominicano se ha visto en la imperiosa necesidad de acceder a los mercados internacionales e iniciar procesos de negociación y suscribir contratos para la compra de vacunas para el tratamiento de la covid-19, durante el estado de emergencia autorizado por el Congreso Nacional y declarado por el Poder Ejecutivo.

También, se aprobó, en única lectura, el proyecto que modifica la Ley No. 46-20 sobre Transparencia y Revalorización Patrimonial, que tiene como objetivo, entre otras cosas, establecer un Régimen de Tributación Especial transitorio que permita declarar, revalorizar y efectuar el pago voluntario y excepcional ante la Dirección de Impuestos Internos con la especificación del artículo 5, para regularizar las obligaciones tributarias.

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